¿Qué sanciones contempla el nuevo modelo SII?

Desde que el pasado 1 de julio entrara en vigor el nuevo sistema de Suministro Inmediato de Información (SII), introducido mediante el Real Decreto 596/2016, de 2 de diciembre, que exige que las empresas gestionen y comuniquen en tiempo real el IVA, uno de los principales temores de los empresarios han sido las sanciones que contempla este nuevo modelo.
Según la legislación, el retraso en la obligación de llevar los libros registro de IVA a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria se sancionará con un 0,5% del importe de la factura objetivo del registro, con un mínimo trimestral de 300 euros y un máximo de 6.000 euros.
En realidad, las compañías sólo tuvieron seis meses para adaptarse al nuevo sistema de Suministro Inmediato de Información, desde que se anunciara la nueva medida y ésta entrara en vigor. Entre otras medidas, era necesario que estas empresas adoptaran un programa de contabilidad online que les permita estar en contacto directo e inmediato con la web Agencia Tributaria.
Pese a lo que muchos consideran una precipitación de la medida, desde la AEAT han pedido calma: “Somos conscientes de que debemos arrancar con toda la flexibilidad posible. No buscamos sancionar. No podemos ser exigentes con los plazos al inicio, ni igual de exigentes en las validaciones. No contemplamos una política sancionadora”, señaló en una entrevista al diario Cinco Días el director de la AEAT, Rufino de la Rosa.
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¿Cómo conectar online con la AEAT?

Para poder adaptarse al Suministro Inmediato de Información, las empresas deberán disponer de una solución de software de contabilidad online. El uso de este sistema es obligatorio para compañías que facturen más de seis millones de euros, las que estén inscritas en el régimen de devolución mensual (conocido como Redeme) y los grupos societarios.
Aunque por el momento, no es obligatorio para las pymes, éstas podrán acogerse de manera voluntaria al Suministro Inmediato de Información y comenzar a adaptar su contabilidad a la digitalización online algo que, que, quizás en un futuro, sea obligatorio para todos. Por otra parte, el uso de los programas de contabilidad online ofrece numerosas ventajas a las empresas, independientemente de su tamaño o sector. Este tipo de programas de contabilidad online permiten generar y enviar facturas desde el móvil o desde la tablet y dispone, además, de la aplicación ticketless, homologada por Hacienda, con la que se pueden registrar los tickets y las facturas con tan solo una foto desde un teléfono.
Como ya contábamos el mes pasado, con el nuevo sistema de Suministro Inmediato de Información se suprime la obligación de presentación de los modelos 347, 340 y 390 ya que éstos se irán configurando en tiempo real, a medida que se vayan remitiendo las facturas, lo que simplifica su elaboración y la llevanza de los libros de registro. Es por ello que desde Hacienda se confía en que esto supondrá un beneficio ya que se agilizará la labor de gestión. Además, el período de presentación de autoliquidaciones se amplía a los 30 días del mes siguiente del período de referencia frente a los 20 actuales.
Quantumconta es un software de contabilidad en la nube totalmente adaptado y preparado para gestionar el SII. Tanto si su empresa está obligada, como si desea acogerse voluntariamente al nuevo sistema de Suministro Inmediato de Información, le invitamos a probar nuestro software de contabilidad y le ayudaremos a ponerlo en marcha.
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