Public
Descubre cómo la facturación electrónica introduce nuevas obligaciones legales
Estas nuevas obligaciones van a cambiar los procesos de los negocios, desde la emisión y recepción de las facturas hasta su almacenamiento con la adecuada adaptación digital.
Antes de la Facturación Electrónica
Después de la Facturación Electrónica
Facturación en papel o PDF, sin necesidad de formatos estandarizados.
Obligación de emitir facturas electrónicas en formatos estandarizados, como XML (e.g., Facturae, UBL, EDIFACT).
No se requiere compatibilidad entre programas de facturación.
Obligación de que los programas de facturación electrónica sean compatibles con otros sistemas.
Cualquier software o método manual, como Excel/Word, es aceptable.
Obligación de software homologado que cumpla con los requisitos técnicos y legales.
Sin requerimientos específicos para verificación y seguridad.
Implementación de medidas de seguridad como firmas electrónicas, certificados digitales y códigos de verificación.
No es necesario enviar las facturas a la AEAT.
Envío de registros de facturación a través del sistema VERI*FACTU (voluntario) o SII (obligatorio para ciertas empresas).
Sanciones limitadas a aspectos fiscales generales.
Sanciones específicas por incumplimiento en la emisión y recepción de facturas electrónicas, hasta 10,000€.
No se requiere un registro automático ni la conservación electrónica.
Obligación de registrar las facturas electrónicas con integridad, trazabilidad y en tiempo real.
Recepción de facturas en papel o PDF.
Obligación de recibir facturas electrónicas en formatos estandarizados con trazabilidad y conservación de registros.
Las facturas se almacenan físicamente o en archivos digitales no estandarizados.
Almacenamiento electrónico obligatorio, garantizando la accesibilidad y conservación durante el plazo legal.
Corrección manual y envío de nueva factura.
Corrección a través de procedimientos específicos para rectificar registros electrónicos.