Suministro Inmediato de Información del IVA: ¿Qué debo saber?

El Suministro de Información Inmediata del IVA, también conocido por sus siglas SII es un sistema por el que es posible llevar a cabo el control del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) de una forma rápida, accesible e instantánea en la propia web de la Agencia Tributaria. Desde quantumeconomics.es queremos hablarte más de él y de cómo puede ayudarte a elaborar una planifación y control más eficientes.

¿Qué es el Suministro Inmediato de Información del IVA?

El nuevo sistema de Suministro Inmediato de Información del IVA está regulado por el Real Decreto 596/2016 del 2 de diciembre y está enfocado a implementar la modernización y mejora en general de los recursos eléctronicos de la Agencia Tributaria para la gestión del IVA. De esa forma, podríamos decir que estos son sus objetivos:

1.- Mejora de la calidad de la información y datos suministrados a la agencia tributaria por parte de los contribuyentes.

2.- Lucha contra el fraude fiscal a través de un mayor y mejor conocimientos de los datos y cómputos fiscales de cada contribuyente.

3.- Ahorro de costes derivados de la gestión tradicional de documentos de vía postal.

4.- Mejor información para la gestión contable.

5.- Mayor eficiencia a la hora de afrontar el suministro de información sobre el IVA y para su gestión tanto por parte de la Agencia Tributaria como por parte de los propios usuarios.

6.- Mejora de la comunicación entre la Agencia Tributaria y los propios contribuyentes.

Otros beneficios complementarios

Igualmente, debemos hablar de otras ventajas añadidas que tiene la implementación del Suministro Inmediato de la Información del IVA. Entre los más importantes está el hecho de que se reducen las obligaciones formales por parte de los contribuyentes al no estar obligados a presentar modelos como el 340, 347 y 390 ni tampoco llevar a cabo la preparación de libros de registro del IVA.

También se amplía en diez días el plazo para la presentación de las autoliquidaciones periódicas. Igualmente, se agrupan todos los datos para la asistencia en declaraciones de la renta, mitigando con ello errores e implementando la seguridad jurídica. Igualmente, se reducen los plazos de comprobación por parte de la Agencia Tributaria por disponer de mejor información de forma inmediata. Al ofrecer mayor disponibilidad de información se reducen los requerimientos de la misma por parte de la Agencia Tributaria.

Cómo funciona el sistema de Suministro Inmediato de Información del IVA

El sistema de Suministro Inmediato de Información del IVA ha sido implementado, como hemos dicho, para mejorar el control de la tributación y la asistencia y comunicación con el contribuyente. En efecto, con él es posible llevar a cabo un control en tiempo real de la tributación de cada contribuyente. Con él y a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria es posible:

1.- Registrar las facturas recibidas

2.- Llevar a cabo un libro de registro de facturas expedidas

3.- Confeccionar libros de registro de bienes de inversión

4.- Control y elaboración del libro de registro de operaciones intracomunitarias

Así, estos libros se van confeccionando a través del registro de la información integrada en el sistema. Cuando se recibe o emite una factura se envía la información a la Agencia Tributaria. Cada una de las facturas se enviará de forma doble, para quien la recibe y para quien la expide. Es así como se cruzan los datos y se lleva a cabo un control más exhaustivo. De la misma manera, los contribuyentes tendrán acceso a los libros de registros disponibles en la Agencia Tributaria y a la información que sobre ellos hayan proporcionado otros.

¿Quiénes se incluirán en el sistea de Suministro Inmediato de Información del IVA?

Entre quienes están obligados a estar dentro del sistema de Suministro Inmediato de Información del IVA están:

1.- Inscritos en el REDEME (Régimen de Devolución Mensual del IVA) excepto para los periodos entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2017.

2.- Empresas cuya facturación sea superior a los seis millones de euros (grandes empresas)

3.- Aquellos contribuyentes que se encuentren en régimen de grupos de entidades.

Plazos para enviar la documentación

Para facturas emitidas, a partir de año 2018 el plazo para enviar la documentación a SII es de cuatro días. En el caso de que la facturación se realice a través de terceros dicho plazo aumenta hasta los ocho días. Este plazo es el mismo para el caso de facturas recibidas.

Esperamos que este artículo sobre el sistema de Suministro Inmediato de Información del IVA. Te animamos a consultar otros artículos relacionados para estar al tanto de todas las novedades existentes en el mundo de los negocios y las empresas.

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