Recuerde que tiene hasta final de este mes para cambiar el régimen de pagos a cuenta de sus empresas.
Si preve que los resultados de este año van a ser notablemente inferiores a los del pasado 2017 o bien durante el pasado ejercicio tuvo algún resultado extraordinario por la venta de algún inmovilizado importante, sepa que tiene hasta el 28 de febrero de este año para optar por realizar el pago fraccionado a razón del resultado de este año en vez de por la base imponible del ejercicio anterior.
Una decisión simple que solo puede hacerse ahora y si por descuido no se ejerce puede provocarle graves problemas financieros al tener que realizar trimestralmente pagos a cuenta a la Agencia Tributaria. En el supuesto que su empresa tenga resultados negativos y deberá esperar hasta final del año próximo para que la Hacienda se lo devuelva.